El Ministerio de Trabajo y los sindicatos han llegado a un acuerdo este 8 de mayo en cuanto a la reforma del desempleo, tal y como anunciaba la propia ministra Yolanda Díaz. Este acuerdo, que, aunque una vez más deja de lado a la patronal, se espera se materialice finalmente el 1 de junio de este mismo año 2024. Y, finalmente, mantiene la sobre-cotización del 125 % de la base de cotización de los mayores de 52 años, cuya retirada provocó el voto negativo de Podemos en el Congreso en un primer momento.
Esta reforma, incluye incrementos en las cuantías de la prestación por desempleo, que en un principio habían quedado invariables este año al mantenerse el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Ahora, aumentarán en diferentes porcentajes por tamos de tiempo, pasando del 80 % del IPREM actual (siendo éste mensualmente 600 € en 2024) a las siguientes con carácter general:
- Meses 1 al 6: 95 % del IPREM (570 €/mes).
- Meses 7 al 12: 90 % del IPREM (540 €/mes).
- A partir del año: el 80 % del IPREM (480 €/mes).
También se elimina el mes de carencia que había entre la prestación y el subsidio de desempleo, pudiendo pasar quienes tengan derecho al mismo, de uno a otro directamente. Respecto a este subsidio, se amplía a los menores de 45 años sin hijos, a los trabajadores eventuales agrarios o a las víctimas de violencia de género mayores de 16 años.
Otra de las principales claves de esta reforma del desempleo es la compatibilidad con el trabajo, la cual podría darse desde abril del 2025, tanto en modalidad contributiva como no contributiva, que pasa de ser solo posible para los mayores de 52 años con contratos parciales o superiores a 3 meses, a permitirla para el resto de colectivos.
Esta posibilidad estaría limitada, no obstante, a 180 días y a los trabajadores por cuenta ajena que lleven al menos 1 año en desempleo. Los autónomos estarían excluidos de esta posibilidad, pero podrían capitalizar el paro como hasta ahora. Además, el salario máximo que se podría percibir para mantener esta posibilidad sería del 225 % del IPREM (1.350 €/mes).
En estos casos, la cuantía del desempleo dependerá de varios factores, como el porcentaje de la jornada o de cuánto tiempo hayan estado en el paro, quedando las cuantías de la siguiente forma con un contrato a tiempo completo en virtud de cuánto lleven en desempleo:
- Desde 1 año a 15 meses: 80 % del IPREM (480 €/mes).
- Desde 16 a 18 meses: 60 % del IPREM (360 €/mes).
- Desde 19 a 21 meses: 40 % del IPREM (240 €/mes).
- Desde 22 hasta los 24 meses máximos: 30% del IPREM (180 €/mes).
En resumidas cuentas, la reforma del desempleo trata de abarcar a un mayor número de personas y de aumentar las cuantías, aunque por supuesto todo tienes sus recovecos y no siempre es fácil de entender, por lo que, en cualquier caso, no duden en contactarnos en Alalza Asesores para resolver sus dudas y problemas en esta materia y cualquier otra.