Tienes edad de jubilación y no sabes qué hacer

¿Es propietario de varios pisos distintos a su domicilio habitual? Le interesa seguir leyendo
29 mayo, 2023
Gastos que minoran la declaración de la renta no recogidos en el borrador de la declaración
7 junio, 2023
Ver todo

Tienes edad de jubilación y no sabes qué hacer

Existen varios tipos de jubilación:

  • Jubilación ordinaria.
  • Jubilación activa.
  • Jubilación Flexible.
  • Jubilación Demorada.

Vamos hablar de la Jubilación activa, ya que es la que mas afecta a los trabajadores autónomos y una de la que menos se utiliza en España, debido a su desconocimiento.

¿Qué es la jubilación activa?

Es un tipo de jubilación que permite a la seguridad social, en la que vamos a continuar ejerciendo una actividad profesional mientras cobramos parte de la pensión a la que tenemos derecho.

Este sistema de jubilación es especialmente atractivo para todos aquellos profesionales que quieren seguir activos, pero también quieren empezar a cobrar una parte de su pensión.

¿Cuáles son los requisitos?

  • Haber alcanzado la edad legal para la jubilación que haya transcurrido al menos un año desde el momento que se adquirió el derecho a la jubilación.
  • Tener cotizado a la seguridad social los años exigibles, para gozar de una pensión de retiro completa.
  • Estar al corriente de pago con las obligaciones a la Seguridad social.

En el año 2023 la edad mínima exige para jubilarse es de 66 años y 4 meses en el caso de que se acrediten menos de 37 años y 9 meses de cotizaciones a la seguridad, y de 65 años si se acreditan 37 años y 9 meses como mínimo de cotizaciones.

No podrán disfrutar de la jubilación activa los que hayan percibido la jubilación anticipada.

¿Cuánto se cobra en la jubilación activa?

Para calcular la jubilación activa nos vamos a centrar en una serie de factures.

  • Dependerá de la Base Reguladora, esta base reguladora la obtendremos del promedio de las ultimas bases de cotización, que se hayan realizado antes de la jubilación. Es importante saber que esto dependerá de la normativa vigente del año que se solicite la jubilación.
  • Porcentaje aplicable, aplicaremos un porcentaje que va a depender de los años cotizados, cuantos más años cotizados tengamos mayor será el porcentaje y mayor será la pensión que nos corresponda.
  • El trabajador recibirá entonces el 50% del importe de la pensión de jubilación.
  • Cotización a la seguridad social, el trabajador que se encuentre en jubilación Activa este cobrando la parte de su pensión, tienen que seguir cotizando a la seguridad social, tendrá que cotizar por los conceptos de incapacidad temporal y contingencias profesionales.

Finalización de la jubilación activa

En el momento que el trabajador decida dejar de trabajar y pasar a ser oficialmente pensionista, inmediatamente empieza a percibir el 100% del importe de su pensión de jubilación.

Si tiene dudas sobre lo planteado en ALALZA ASESORES estaremos encantados de poder asistirle en la toma de decisiones.

Comments are closed.