
Se convocan para el año 2022, subvenciones dirigidas a fomentar el empleo estable por cuenta ajena en la Comunidad de Castilla y León.
Estas subvenciones las pueden solicitar, los trabajadores por cuenta propia, personas jurídicas, y entidades sin personalidad jurídica establecidos en Castilla y León, siempre que cumplan con una serie de requisitos.
Programa I: Fomento de la contratación indefinida ordinaria
- ¿Para qué es esta ayuda?
Se subvencionarán las contrataciones producidas entre el 1 de octubre de 2021 y 30 de septiembre de 2022, ambos incluidos. Esta contratación deberá formalizarse con personas que con fecha de inicio se hallen inscritas en el Servicio Público de Empleo y pertenezcan a los siguientes colectivos:
- Menores de 35 años de edad.
- Personas desempleadas de larga duración.
- Personas de 45 o más años de edad.
- Cuantía:
La cuantía de la subvención por la formalización de cada contratación subvencionable será de 4.000 euros, esta cuantía puede aumentar dependiendo las causas personales del trabajador.
Programa II: Fomento de la contratación indefinida ordinaria del primer trabajador por parte de trabajadores por cuenta propia
Solo la podrán solicitar los trabajadores por cuenta propia (autónomos).
- ¿Para qué es esta ayuda?
Se subvencionarán las contrataciones producidas entre el 1 de octubre de 2021 y 30 de septiembre de 2022, ambos incluidos. Cuando el trabajador este inscrito como demandante de empleo antes de la contratación.
- Menores de 35 años de edad.
- Personas desempleadas de larga duración.
- Personas de 45 o más años de edad.
- Cuantía:
La cuantía de la subvención por la formalización de cada contratación subvencionable será de 4.500 euros.
Programa III: Fomento de la transformación de determinados contratos temporales en indefinidos
- ¿Para qué es esta ayuda?
Se subvencionarán las contrataciones producidas entre el 01 de octubre de 2021 y 30 de septiembre de 2022, ambos incluidos. Esta contratación deberá formalizarse con personas que estes inscritas como demandantes de empleo antes de la contratación
- Menores de 35 años de edad.
- Personas desempleadas de larga duración.
- Personas de 45 o más años de edad.
- Cuantía:
La cuantía por la formalización de cada transformación contractual subvencionable será 2.500 euros, en el caso de que el trabajador tenga 55 años o mas esta cantidad aumentará.
Programa IV: Fomento de la ampliación a tiempo completo de la jornada de los contratos indefinidos ordinarios a tiempo parcial formalizados con mujeres
- Objeto:
Fomentar la ampliación a tiempo completo de la jornada de los contratos indefinidos ordinarios a tiempo parcial formalizados con mujeres.
- ¿Para qué es esta ayuda?
Se subvencionarán las ampliaciones de jornada que cumplan los requisitos y sea la fecha de inicio entre los días 1 de octubre de 2021 y 30 de septiembre de 2022, ambos inclusive. Las ampliaciones de jornada deberán formalizarse con mujeres que en la fecha de inicio de las contrataciones estuvieran desempleadas e inscritas como demandantes de empleo.
- Cuantía:
La cuantía de la subvención por la formalización de cada ampliación de jornada subvencionable será de 2.000 euros, esta cantidad podrá aumentar en 1.500 euros si es menor de 35 años.
¿Cuál es el plazo de presentación?
Desde el 23 de septiembre al 31 de octubre del 2022.
En ALALZA ASESORES te informamos si estas interesado en la solicitud. Creemos en el cambio. Tu éxito, nuestro objetivo.





