Seguros de asistencia en viaje. ¿Cuáles son sus principales características?

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Seguros de asistencia en viaje. ¿Cuáles son sus principales características?

La movilidad internacional en el mundo empresarial ha vuelto a reactivarse tras el parón obligado por la pandemia, en la economía actual tan globalizada es clave la expansión en búsqueda de nuevos mercados. El seguro de asistencia en viaje es la herramienta necesaria para garantizar la tranquilidad que cualquier empleado en movilidad necesita.

Es imprescindible a la hora de viajar al extranjero, hacerlo protegido y con seguridad. Para ello se suele contratar los seguros de viaje o los de asistencia en viaje. Existen ciertas diferencias entre los dos productos, aunque sean técnicamente lo mismo. El seguro de viaje es una póliza adquirida antes de viajar, por la que se ofrece una cobertura de reembolso por cancelación o interrupción del viaje, podemos decir que se trataría de una cobertura básica en un viaje. En cambio, las coberturas del seguro en Asistencia en Viaje ofrecen a las empresas una cobertura casi total para sus empleados, como por ejemplo, asistencia médica de alta calidad, asesoramiento legal o traslados de emergencia.

El seguro de asistencia en viaje está dirigido a las empresas que cuenten con empleados en movilidad internacional, pero sobre todo, a los empleados que se desplazan por periodos cortos. Las principales características y cuestiones del Seguro de Asistencia en Viaje son las siguientes: Coberturas para todos los viajeros desplazados hasta 365 días al año, posibilidad de coberturas extensibles a familiares directos, clientes o proveedores, coberturas diseñadas para gestión de crisis, como el reembolso de los costes evacuación y repatriación por causas políticas y catástrofes naturales, hay que tener en cuenta sobre todo que las coberturas sanitarias sean amplias incluyendo servicios como asistencia médica de emergencia, telemedicina, cobertura por muerte y tratamiento de enfermedades infecciosas y equipajes y material profesional con capitales asegurados.

Todas estas pólizas que hemos mencionado provienen del concepto conocido como “duty of care” que es la obligación moral y legal que tienen todas las empresas de tomar las medidas que tengan a su alcance para garantizar la seguridad de los viajes de negocios de sus empleados. Este concepto está incluido en la Directiva Europea 89/391/CEE, sobre la salud y seguridad en el trabajo y de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales.

De esta manera, las empresas están obligadas a planificar la prevención y la evaluación de los riesgos inherentes al trabajo, así como establecer medidas de acción preventiva adecuadas a la naturaleza de los riesgos detectados y el control de la efectividad de dichas medidas. Teniendo en cuenta la naturaleza de este tipo de pólizas, se deberán contratar previamente a que se produzca el desplazamiento y estarán vigentes hasta que finalice el viaje.

Desde Víctor López Rodríguez Abogados ofrecemos asesoramiento para la contratación de este tipo de coberturas, asegurando la prevención y la anticipación a posibles problemas derivados de los viajes empresariales.

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