Recordaremos, los títulos objeto de reclamación adquiridos por accionistas de banco Popular son aquellos títulos adquiridos desde el 5 de diciembre de 2012 hasta el 10 de abril de 2017.
Plazos:
Dependiendo de la acción ejercitada, el plazo puede variar entre 3 a 4 años, siendo objeto de controversia la determinación de la fecha de inicio del cómputo de estos plazos. Entendiendo esta parte, el plazo debiera iniciarse en junio de 2017 y más concretamente el día 7, siendo esa feca la de resolución de Banco Popular.
¿Qué efectos tiene?:
Aquellos compradores de productos tales como acciones en la ampliación de capital, en el mercado secundario, obligaciones subordinadas amortizadas en acciones de Banco Popular entre las fechas 5/12/2012 hasta 10/04/2017, tienen la posibilidad de recuperar el dinero invertido mediante reclamación judicial dentro del plazo indicado.
Aquellas personas que adquirieron en la ampliación de capital, pudiera entenderse, la acción finalizaría el 7 de junio de 2021, siendo que, para aquellas compras realizadas en el mercado secundario o con posterioridad a la ampliación de capital, pudieran finalizar el próximo 7 de junio de 2020, si se estima, la reclamación de daños y perjuicios y no la de nulidad de compra.
Conclusión:
Resulta del todo recomendable, revisar a documentación existente, y, en todo caso, ejercitar y remitir reclamación extrajudicial a la entidad a fin de interrumpir los citados plazos.





