Concurso exprés, o cómo liquidar una empresa sin bienes

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Concurso exprés, o cómo liquidar una empresa sin bienes

Una herramienta ágil, económica y segura para el empresario.

El llamado concurso exprés puede ser un recurso muy útil para liquidar empresas inviables, empresas en crisis que carecen de recursos suficientes para pagar sus deudas.

Se trata de un instrumento ágil y sencillo porque en la misma resolución que se declara el concurso se decreta simultáneamente su conclusión, sin llegar a tramitarse el procedimiento previsto para un concurso ordinario que, por lo general, es largo y costoso.

La conclusión supone la extinción de la empresa con todas las bendiciones legales, a partir de ese momento se cancela como tal en el Registro Mercantil.

Puede que lo que estamos diciendo sorprenda al lector, pero así es, la Ley permite concluir un concurso sin tramitarlo siempre y cuando cumpla unos requisitos.

 

Requisitos:

Para que el Juez pueda concluir el concurso en la misma resolución que se declara y por tanto sin tramitar el procedimiento completo, se requiere, en primer lugar, que la empresa carezca de bienes para poder pagar a sus acreedores.

Por tanto, solo podrán acogerse a esta posibilidad aquellas sociedades cuyo activo sea inexistente o claramente insuficiente, es decir cuando nos encontremos ante una carencia total o prácticamente de bienes.

Si, por el contrario, la sociedad tiene bienes se tramitará el procedimiento completo para llevar a cabo su liquidación a través de un administrador concursal con la supervisión judicial.

El segundo requisito a tener en cuenta es que de la documentación que se presente ante el Juez no se debe desprender la posibilidad de acciones de reintegración o de responsabilidad frente a los administradores. Es decir, no debe haber ningún indicio de irregularidades o actuaciones poco diligentes por parte del empresario.

Con la solicitud de concurso debe justificarse este extremo para que el juez pueda valorarlo y tomar la decisión.

Por tanto, aquella empresa inviable, que no pueda hacer frente a sus deudas, cuyo activo sea claramente insuficiente puede conseguir su extinción de forma muy ágil a través de este procedimiento en una única resolución judicial.

 

Ventajas para el empresario:

La gran ventaja para el empresario es poder extinguir la empresa de forma legal, ágil y económica.

  • Legal, porque está amparada por una resolución judicial.
  • Ágil, porque como estamos exponiendo se consigue en la misma resolución que declara el concurso.
  • Económica, porque al no tramitarse el procedimiento no se generan gastos a cargo de la empresa.

Y, por último, y no menos importante, con esta medida el administrador de la empresa cumple con su obligación de instar el concurso y protege su responsabilidad personal.

Como hemos comentado en repetidas ocasiones desde este foro, cuando la empresa se encuentra en situación de insolvencia (es decir cuando no puede cumplir de forma generalizada sus obligaciones de pago) el administrador está obligado a instar el concurso, en caso contrario, podrá ser declarado responsable a título personal de las deudas sociales.

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