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Cierre de ejercicio con pérdidas…¡¡consulta a tu abogado!!

Es hora de hacer balance del 2015 y de tomar decisiones. Si la empresa ha obtenido malos resultados debemos ser especialmente precavidos.

La mayor parte de las empresas cierran su ejercicio social el 31 de diciembre. Desde esa fecha disponen de un plazo de tres meses, es decir hasta 31 de marzo, para formular las cuentas anuales que luego serán sometidas a la Junta de Socios.

Malos resultados: decisiones a tiempo:

Un administrador diligente no debe esperar al 31 de marzo para esperar decisiones.  Si la sociedad obtuvo pérdidas en 2015 (en ese caso es probable que las arrastre de ejercicios anteriores) debe estar alerta por si se ve inmersa en causa legal de disolución.

Concurre causa de disolución cuando, como consecuencia de dichas pérdidas, los fondos propios de la empresa son inferiores a la mitad del capital social.

La causa de disolución no supone que la empresa no pueda cumplir con sus obligaciones, de hecho muchas empresas en esta situación, aun con dificultades, son capaces de pagar nóminas e impuestos y, en definitiva cumplir con sus obligaciones a corto plazo. Pero sí evidencia una dificultad próxima para poder continuar con la actividad, una alerta para los administradores que no deben pasar por alto.

Plazos exigentes: dos meses para convocar Junta:

En ese supuesto, inmersa la sociedad en causa de disolución, La Ley obliga a los administradores a, en un plazo máximo de dos meses, convocar junta de socios para que adopte un acuerdo que permita superar dicha situación: ampliación de capital, reducción de capital o, si no es posible, acordar la disolución o concurso de la compañía.

Lo que pretende evitar la Ley es la continuación de la actividad de una empresa que está en riesgo de perjudicar a sus acreedores.

Cuidado: posible responsabilidad personal de los administradores:

Si los administradores continúan la actividad sin convocar la Junta o lo hacen fuera de plazo pueden ser condenados a responder a título personal de las deudas de la sociedad.

La gravedad de la sanción obliga a los empresarios a tener un especial cuidado a la hora de cerrar ejercicios sociales en situaciones difíciles.

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